Llega una época del año en la que debemos declarar nuestros tributos del pasado ejercicio al fisco, llega la Declaración de la Renta de la que casi nadie se libra. En esta campaña de la renta no hay muchas novedades, aunque algunas tienen que ver con el Estado de Alarma en el que vivimos y con la irrupción en nuestras vidas del Covid-19. Vamos las novedades:
Plazos para la presentación de la renta de 2020
Según publica la Agencia Tributaria, el calendario indica que la campaña comienza el 7 de abril y finaliza el 30 de junio. Hay que tener en cuenta que la campaña finalizará el 25 de junio si decides realizar el pago a través de domiciliación bancaria.
Como cada año, os invitamos a llamarnos al 957 646 261 para solicitar información y presupuesto sin compromiso. Estaremos encantados de realizar tu renta 2020 y así evitarás errores y multas innecesarias. Más de un 70% de los borradores que envía la AEAT son erróneos por lo que te recomendamos que te asesores a la hora de realizar la declaración.
Déjanos asesorarte
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Si has estado en ERTE en 2020
Esta es una de las principales novedades debido a la irrupción de los ERTES debido al Estado de Alarma. Si has estado en esta situación durante cualquier periodo en 2020, estás obligado a presentar declaración por IRPF si los rendimientos de trabajo han superado los 22.000 euros.
En caso de los contribuyentes que han estado afectados por un ERTE y han cobrado del SEPE, a efectos de Hacienda han tenido dos pagadores (empresa y SEPE), por lo que el límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera 1.500 euros.
Si has sido beneficiario del Ingreso Mínimo Vital en 2020
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración de la renta 2020 con independencia de sus ingresos. Ahora bien, no están obligados a incluir en su declaración los Ingresos Mínimos Vitales salvo que superen 11.279,39 euros. En el caso que superen esta cantidad, se incluirán como Rendimientos de trabajo y se tributará por el exceso de la cantidad mencionada.
Datos y documentación de los solicitantes
En este año, el sistema de presentación es telemática, aunque se solicitan nuevos datos, algunos de ellos necesarios para el cálculo de la declaración y que solicita la Agencia Tributaria. Aunque haya realizado la declaración con anterioridad sin estos datos, es probable que nuestros asesores le pidan documentación adicional para completar todos los parámetros que solicita el sistema.
Contacta ahora con un asesor y soluciona dudas
A pesar de todas las facilidades que ofrece la administración, nuestra recomendación es que te pongas en contacto en el 957 646 261 y solicites tu asesor fiscal que te ayudará con los trámites y la documentación. No tendrás que hacer nada, solo aportar la documentación y nosotros presentaremos la declaración por ti. Puedes hacerlo todo de forma telemática o presencial.
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