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El gobierno aprueba una prórroga de los ERTES hasta el 30 de septiembre

El gobierno de Pedro Sánchez ha acordado con los sindicatos y la patronal la prórroga de los ERTES por causa de fuerza mayor hasta el 30 de septiembre de 2020. Lo anunciaban este fin de semana Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y José Luis Escrivá, Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

En este segundo acuerdo social en defensa del empleo se prorrogan los ERTES y muchas de las condiciones establecidas también se mantienen. Hay algunas novedades como la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social.

Exoneración de cuotas a la Seguridad Social

En la nueva prórroga de los ERTES hasta el 30 de septiembre de 2020, se establecen las siguientes exoneraciones de cuotas para las empresas que estén en ERTE por causas de fuerza mayor total y vayan pasando a un ERTE por causas de fuerza mayor parcial, es decir, no estarán obligadas a pagar dichas cuotas a la Seguridad Social:

  • Para empresas de menos de 50 trabajadores: Exoneración del 60% de cotizaciones sociales respecto a trabajadores que estén en activo durante los meses de julio, agosto y septiembre y exoneración del 35% respecto de trabajadores que sigan en ERTE en estos meses.
  • Para empresas de 50 o más trabajadores: Exoneración del 40% de cotizaciones sociales respecto de trabajadores que estén en activo y exoneración del 25% para los que sigan en ERTE.

Las empresas que estén ahora mismo en ERTE por causa de fuerza mayor total o parcial pasarán a un ERTE de transición, un ERTE por causas ETOP, hasta el 30 de septiembre de 2020. En esta situación se establecen las siguientes exoneraciones de cotizaciones sociales:

  • Empresas de menos de 50 trabajadores: Exoneración decreciente en las cotizaciones de sus empleados del 70% en julio; 60% en agosto y 35% en septiembre.
  • Empresas de 50 o más trabajadores: Exoneración decreciente en las cotizaciones de sus empleados del 50% en julio; 40% en agosto y 25% en septiembre.

Estos ERTES de transición se tramitarán una vez que se obtenga el informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y una vez informado a los representantes de los trabajadores.

El procedimiento sería el siguiente: empresas que ahora mismo estén en ERTE por causas de fuerza mayor total pasarán a un ERTE por causas de fuerza mayor parcial con las primeras exenciones y desde ahí pasarán a un ERTE por causas ETOP con las segundas exenciones.

Como siempre, si tiene dudas, lo mejor es dejarlo en nuestras manos. Nuestros asesores laborales le acompañarán en todo momento para realizar todos los trámites con la administración que sean necesarios. Puede llamarnos al 644 44 12 73 para solucionar sus dudas en horario de 9 a 13:30 horas.

 

Prohibidos los despidos para las empresas acogidas a ERTE

Las empresas están obligadas a mantener el empleo un mínimo de 6 meses al beneficiarse de las exoneraciones de cotizaciones sociales al estar en ERTE. A pesar de la petición de las empresas para poder despedir, el gobierno se ha mantenido firme para mantener el empleo.

Tampoco se permitirá que los trabajadores realicen horas extra ni que la empresa contrate a trabajadores de forma directa, ni a través de ETT si hay trabajadores en ERTE, salvo que su contratación esté suficientemente motivada y justificada.

 

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Ante los posibles rebrotes más protección a empresas y trabajadores

El fin del Estado de Alarma ha provocado que, en los últimos días, se den a conocer nuevos rebrotes en diferentes puntos de la geografía española. Esto ha llevado a que en el II Acuerdo Social en Defensa del Empleo se establezca que las personas afectadas por ERTES por causas de fuerza mayor o ERTES por causas ETOP derivados del COVID-19 o los tramitados en caso de rebrote, les reconocerá la prestación aun cuando no acrediten periodo de cotización previo y se les aplicará el contador a 0.

El acuerdo contempla que las empresas que ya hayan reanudado su actividad pero que se vean obligadas a cerrar como consecuencia de rebrotes, podrán volver a acogerse a un ERTE por causa de fuerza mayor con una exoneración de cuotas del 80% para empresas de menos de 50 trabajadores y del 70% si tienen 50 o más trabajadores.

 

Se mantienen las prestaciones por desempleo para los trabajadores

Los trabajadores afectados por un ERTE seguirán cobrando con normalidad su prestación por desempleo hasta el 30 de septiembre y, en el caso de los trabajadores fijo – discontinuos, lo harán hasta el 31 de diciembre.

 

¿Habrá una nueva prórroga hasta diciembre? 

El acuerdo al que ha llegado Gobierno con los agentes sociales podría dar lugar a una nueva prórroga hasta el mes de diciembre, tal y como demandaban los agentes sociales. Así, lo han establecido Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social al afirmar que se está monitorizando diariamente cómo evolucionan los ERTES en cada sector, territorio y empresa para decidir, en función de la evolución, qué pasos dar a partir del mes de octubre, una vez concluida la actual prórroga de los ERTES.

Tanto es así, que la Comisión Tripartita, formada por el Gobierno, empresarios y sindicatos, seguirá en funcionamiento, para una previsible nueva prórroga.

 

¿Qué tiene que hacer la empresa? ¿Y el trabajador?

Los trámites de los ERTES suelen ser complicados. Desde nuestra asesoría laboral estamos dispuestos a realizar todas las gestiones necesarias para que tanto la empresa como los trabajadores queden satisfechos. Conocemos la norma recogida en el BOE del sábado 27 de junio de 2020 y sabemos interpretarla. Tanto si eres trabajador como empresa y estás en situación de ERTE puedes llamarnos para resolver tus dudas y consultar las gestiones necesarias. De todas formas, ante esta prórroga tanto el trabajador como la empresa no tiene que hacer nada. Aquellos que se encuentran en ERTE verán prorrogados su periodo mientras la empresa no comunique lo contrario.

De todas formas, como cada caso es diferente y queremos ofrecer un asesoramiento personalizado, lo mejor es que nos llames. Nuestro teléfono es el 644 44 12 73. Estaremos encantados de atenderte.

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