El próximo 6 de abril comienza el plazo para la presentación del Modelo 100 de Hacienda, la temida por muchos Declaración de la Renta. Recuerda que desde Pablo Domínguez Asesores podemos encargarnos de presentarla en tu nombre y gestionar todo de la forma más cómoda posible. Recuerda no esperar hasta el final para presentarla y comienza a recopilar ya la información necesaria para hacerlo de la mejor forma posible.
Veamos las novedades que presenta la declaración para el ejercicio fiscal de 2021:
Aumento del IRPF para las rentas más altas
Entre las novedades de este año se encuentra un aumento del IRPF para las rentas más altas: los que en 2021 hayan obtenido rendimientos superiores a los 300.000 euros tendrán un incremento de dos puntos porcentuales en el tipo estatal, hasta un máximo del 47%. No hay que olvidar que el IRPF es un impuesto de carácter progresivo, por lo que se aplican los tipos por tramo a cada cantidad incluida en el tramo. En el caso de las rentas de más de 200.000 euros, se incrementará un máximo del 26%. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, el pasado año los Presupuestos introdujeron un alza del 1% para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5%.

Mejora de la eficiencia energética
Otro de los aspectos a tener en cuenta a la hora de redactar el borrador de la declaración de la renta para este año es que el año que dejamos atrás hubo una reducción de las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como aportación máxima, mientras que se elevó el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa.
A ellas se suman las deducciones por obras realizadas con el fin de mejorar la eficiencia energética del hogar. Entre ellas, se encuentra la reducción a un máximo del 20% si en 2021 se han realizado obras en la vivienda que permitan reducir la calefacción en invierno y la refrigeración en verano al menos un 7%. Eso sí, en caso de que las obras se hayan ejecutado en plazas de garaje, trasteros, parques o jardines, piscinas e instalaciones deportivas. No obstante, se requiere que este tipo de obras queden acreditas mediante el certificado de eficiencia energética a través del técnico competente y deben haberse realizado entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.
Otro tipo de deducciones las encontramos en las obras destinadas a la mejora del consumo de energía primaria no renovable, siendo la cantidad máxima de 7.500 euros o mejoren la calificación alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en edificios residenciales. Asimismo, se incluye una deducción de un 60% por obras de rehabilitación energética que se hayan realizado en viviendas propiedad del contribuyente situadas en edificios residenciales y plazas de garaje y trasteros adquiridos con ellas. Según la Agencia Tributaria, las obras que tienen derecho a esta deducción son las que han reducido su consumo de energía primaria no renovable un 30% como mínimo o han mejorado su calificación a una clase A o B. En este caso también es imprescindible presentar el certificado y, en principio, se aplicará en 2022, 2022 y 2023. Tiene una base de reducción límite de 5.000 euros anuales.
Informar de las criptomonedas
Otra de las principales novedades en esta campaña de tributación es la obligación de informar sobre la posesión de criptomonedas y de cualquier operación relacionada con las mismas, con efectos desde el 11 de julio de 2021. Todos los preceptos en relación con la información relativa a las monedas virtuales aparece recogido en la Ley 11/2021 sobre medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Daños provocados por el volcán de La Palma
La erupción del volcán Cumbre Vieja ubicado en La Palma el pasado 19 de septiembre, dejó miles de hectáreas destrozadas y otros tantos edificios que fueron devorados por la lava, según Catastro. Por ello, entre las novedades de la campaña de la renta 2021-2022, la Agencia Tributaria ha dejado un espacio especial para quienes sufrieron las consecuencias de esta catástrofe natural en primera persona. Así aparece reflejado en el artículo 25 del Real Decreto-ley 20/2021, donde se recoge que quedan libres de tributación todas las ayudas “excepcionales” por daños personales a los afectados.
Si necesitas ayuda con tu declaración, llámanos al 957 646 261 y te asesoraremos. Llevamos más de 30 años realizando modelos fiscales con la mayor profesionalidad y rigor. No te defraudaremos.
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